El PSOE indica en nota de prensa que «el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete ha condenado al Ayuntamiento de Jorquera, gobernado por el Partido Popular, al apreciar la vulneración del derecho fundamental de participación política por no contestar a distintos requerimientos de información realizados por las concejalas del Grupo Socialista».
El PSOE añade que «la sentencia obliga en concreto, y “frente a la inactividad del Ayuntamiento de Jorquera por silencio administrativo de las solicitudes de información, a que se dé respuesta a la petición de la documentación relacionada con los presupuestos de los años 2021 y 2022, así como de su liquidación; del estado de ejecución del presupuesto 2023 y bolsas de vinculación; del expediente municipal sobre el proceso de estabilización; del relacionado con la cesión al ayuntamiento de las carreteras AB-201 y AB-206; del desarrollo de actividades con motivo de las fiestas de San Roque y verano; y, finalmente, de la documentación sobre licencia de obras realizadas en la zona de camino conocido como el Atajo y en la Calle Feli Sáez e inmediaciones».
Añade el PSOE que «se estima de esta forma el el recurso contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales presentado por las concejalas socialistas al entender el juez que debe primar el derecho de las recurrentes al acceso a la información solicitada para el desempeño de su actividad de oposición, debiendo facilitárseles copia íntegra de la documentación».
Indica también el PSOE que «la sentencia argumenta que el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que ‘todos los miembros de las Corporaciones locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función’, que deberán recibir respuesta en un plazo de cinco días y que, en caso de no obtenerla, se produce un ‘silencio positivo’; es decir, que han de recibir la información solicitada. Este hecho no se produjo en el caso de las concejalas socialistas, que no lograron acceder a la documentación ni siquiera dándoles acceso a los correspondientes expedientes electrónicos».