La Plataforma de Contratación del Estado recogía la publicación del inicio de la licitación del servicio de cafeterías y explotación de máquinas expendedoras de la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Albacete. Concretamente se trata de los servicios de explotación de las cafeterías de personal y de público ubicadas en el Hospital General Universitario de Albacete y en el Hospital Perpetuo Socorro, incluyendo el servicio de menús de guardia de ambos hospitales, así como la explotación del servicio de máquinas expendedoras de bebidas y sólidos situadas tanto en los centros hospitalarios como en los Centros de Salud y el Centro de Especialidades de la GAI de Albacete.
Se detalla en la documentación a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete que la explotación del servicio de cafeterías y máquinas expendedoras, busca un doble objetivo de confort, tanto para los profesionales que prestan sus servicios en la GAI de Albacete, así como velar por las necesidades de las personas que, ya sea en calidad de usuarios, pacientes o acompañantes de pacientes, acuden a estos centros y servicios sanitarios. Por tanto, concretaban que se hace necesaria la contratación del servicio a una empresa externa, al carecer la GAI de Albacete de los medios y materiales personales adecuados para ello.
Así, se concreta que el presupuesto máximo de licitación de este contrato será de 1.279.251 euros, cuantía determinada por los gatos a asumir por el órgano de contratación. Por tanto, se establece que el valor estimado de este contrato, teniendo en cuenta las diferentes anualidades en la que deberá prestarse, es de 9.998.965 euros, de acuerdo con el artículo 101.1.b de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Servicio de cafeterías y máquinas expendedoras en los hospitales de Albacete
En el servicio de cafetería se incluye expresamente la prestación del servicio de comedor, tanto a profesionales, como a los acompañantes de pacientes y usuarios en general. Para la prestación de este servicio la GAI de Albacete pone a disposición del adjudicatario los locales e instalaciones destinadas a tal efecto, debiendo velar el adjudicatario por su limpieza, cuidado, mantenimiento y reparación en su caso hasta su entrega al finalizar el contrato.
En relación al servicio de explotación de máquinas expendedoras se precisa que el adjudicatario podrá realizar modificaciones en el número de máquinas instaladas, así como de su ubicación definitiva, siempre mediante un informe motivado y previa autorización expresa de la GAI. La oferta de productos que podrán adquirir los consumidores deberá incluir obligatoriamente entre ellos artículos y alimentos bio saludables con etiquetado fácilmente identificable por el cliente, debiendo presentar entre otros, productos sin gluten, sin azúcares añadidos y sin lactosa.

Reforma de estos imprescindibles espacios en los hospitales de Albacete
En relación a la explotación de las cafeterías del Hospital General y del Hospital Perpetuo Socorro, se concreta que los licitadores deberán presentar como requisito obligatorio en su oferta un proyecto básico de reforma e inversión. Dicha propuesta, deberá cumplir con la normativa tanto de índole sanitaria como de riesgos laborales en instalaciones de este tipo. Igualmente, se especifica durante el periodo de ejecución de este proyecto de obra y reforma el adjudicatario deberá mantener habilitado siempre, al menos, un espacio para prestar el servicio de cafetería y de comedor tanto para profesionales como público en general, no pudiendo por tanto, dejar de prestarse el servicio en ningún caso.
Tras estas obras y reformas el adjudicatario estará obligado a conservar en perfectas condiciones los diferentes locales e instalaciones propiedad de la GAI de Albacete, puestos a su disposición para la prestación del servicio de cafetería. Además, deberá cumplir en todo momento la normativa vigente al respecto y en caso de deterioro proceder a la reparación o reposición del material. Así, se detalla el mobiliario, aparatos, utensilios y equipos con los que actualmente se cuenta para el desarrollo de este servicio y que son propiedad de la GAI, apuntando además que el adjudicatario deberá mantener las cafeterías de público y de personal totalmente equipadas y en perfecto estado de uso y las máquinas expendedoras deberán estar totalmente operativas desde el inicio del contrato.
Diverso equipamiento y mobiliario, todo el menaje, vajilla y la lencería necesaria para llevar a cabo un adecuado y correcto funcionamiento de la prestación de los servicios de cafeterías, así como la reposición de los mismos, correrán íntegramente por cuenta de la adjudicataria. Correrá de cuenta del adjudicatario la totalidad del consumo de suministros que se efectúen en los locales destinados a la prestación de los servicios de cafetería tales como agua, gas y electricidad.

Servicio de cafetería en los hospitales de Albacete
El personal que el adjudicatario ponga a disposición del servicio deberá cumplir la totalidad de normativa de aplicación, vigente en cada momento. Especialmente cumplirá con las normas COVID-19 de aplicación, así como las relativas a los manipuladores de alimentos, debiendo adecuarse unas normas higiénicas mínimas.
El horario actual establecido para las cafeterías es para la destinada al público en el Hospital General y Cafetería Publico/Personal Hospital Perpetuo Socorro de 7:30 horas a 22:30 horas, durante todos los días del año. Mientras que la Cafetería de Personal Hospital General cuenta con horario de 7:30 horas a 16:00 horas y para la cena de la guardia de 20:00 horas a 22:00 horas, durante todos los días del año. Así, se establece que fuera de este horario se prestará servicio al personal en la cafetería de público.
La empresa licitadora del servicio de cafetería deberá presentar junto con su oferta, el sistema de gestión y organización para suministrar las comidas y cenas, de los profesionales de guardia previamente autorizados (y personal autorizado), así como el software correspondiente para el control de las citadas ingestas. La empresa licitadora también esta obligada a suministrar, previa presentación y aprobación del correspondiente presupuesto, por parte de la Dirección de la GAI de Albacete, los desayunos de trabajo, aperitivos, ágapes, catering, etc., que le sean solicitados por la Dirección Gerencia, en el lugar que previamente se determine dentro de los recintos de los hospitales.
El sistema de gestión hostelera empleado en ambas cafeterías, para la dispensación de los servicios de menús, autoservicio, buffet libre, servicio de camarero en mesa, etc., será en principio el propuesto por el adjudicatario en su oferta, debiendo ser consensuado con la Dirección Gerencia cualquier cambio sobre el mismo. Los menús ofertados deberán constar para su elaboración como mínimo de: tres primeros platos (al menos uno de ellos de verdura), tres segundos platos con guarnición (uno de ellos de pescado) y tres postres diferentes (uno de ellos fruta), debiendo ir acompañados de pan integral y bebida (excepto en el de guardia). Los precios de los menús, no podrán exceder en ningún caso los importes máximos establecidos, siendo el incumplimiento de este aspecto causa suficiente de exclusión, la oferta que incurriera en este incumplimiento.

Máquinas expendedoras y un canon anual
Además, el servicio de máquinas expendedoras de bebidas y sólidos se prestará ininterrumpidamente las 24 horas del día, todos los días del año. El llenado y abastecimiento de las maquinas se realizará a demanda, de manera que siempre tengan género disponible a disposición de los usuarios. De este modo, se concreta que el licitador deberá disponer de máquinas expendedoras de bebidas calientes, máquinas expendedoras de agua y bebidas frías y máquinas de sólidos y/o mixtas.
El adjudicatario deberá abonar a la GAI de Albacete por la explotación del servicio de cafeterías y máquinas expendedoras, un canon anual. El importe a abonar en concepto de canon, será fijo e independiente del rendimiento de explotación del servicio de cafetería y de las máquinas expendedoras y de las posibles averías de las mismas, estableciéndose un importe mínimo a abonar, de 102.000 euros año (impuestos excluidos).