/Marta López/
Albacete cuenta con un censo municipal de perros y gatos. Para el caso de los perros domésticos (peligrosos y no peligrosos) los trámites de inclusión en el Censo Municipal se realizan a través del Sistema de Identificación Individual de Animales de Castilla-La Mancha (SIIACAM).
El veterinario al realizar la implantación del microchip en el animal da de alta en el SIIACAM y desde el Ayuntamiento de Albacete se realiza el traspaso de datos con el objetivo de elaborar el censo municipal canino.
En el caso particular de los perros considerados de razas potencialmente peligrosos, antes del censado, el dueño del animal deberá obtener una licencia municipal regulada en el artículo 3 de la Ley 50/1999 de Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
Así cabe preguntarse: ¿Cuántos perros hay censados en Albacete?. El Censo Canino Municipal recoge que desde que se puso en marcha antes de 2006 se han registrado un total de 37.257 perros.
De todos ellos, la cifra acumulada indica que 1.322 son perros de razas consideradas potencialmente peligrosas y 35.935 son canes no peligrosos.
Según los datos recogidos en el Censo Canino Municipal del Ayuntamiento de Albacete el año en el que se inscribieron un mayor número de perros fue 2013 con un total de 3.028 animales. Durante 2019 el Censo Canino albaceteño contabilizó un total de 2.325 nuevas inscripciones.
Esta cifra, hasta el mes de octubre del pasado año 2020 alcanzaba los 2.251 perros inscritos en la capital albaceteña. Una cifra algo inferior a la del 2019, pero hay que tener en cuenta que no se trata de los datos del año completo, sino de los 10 primeros meses de 2020.
Hasta el mes de octubre del pasado 2020 se inscribieron en el Censo Canino Municipal 60 perros considerados potencialmente peligrosos. Este dato es algo inferior al registrado durante 2019, cuando se registraron un total de 69 perros.
Según los datos recogidos en el Censo Canino Municipal del Ayuntamiento de Albacete el dato acumulado de los perros potencialmente peligrosos inscritos asciende a un total de 1.322, siendo los años 2010 (147 perros) y 2012 (136 perros) en los que se inscribieron un mayor número de estos animales.
En relación a los perros no considerados como razas potencialmente peligrosas los datos del censo albaceteño indican que durante 2019 se inscribieron un total de 2.256. Además, durante los 10 primeros meses de 2020, año marcado por la pandemia de COVID-19, esta cifra de perros censados se situó en 2.191.
Del mismo modo se extrae que el año con 2013 fue en el que se inscribieron un mayor número de perros no peligrosos en el Censo Canino Municipal de Albacete. En concreto se superaron los 2.930 animales inscritos en ese año.
Obligaciones de los propietarios
Los propietarios de animales de compañía están obligados a mantener al animal en buenas condiciones higiénico-sanitarias y proporcionarle los tratamientos y alimentación adecuada.
Del mismo modo, está autorizada la tenencia de animales de compañía en domicilios particulares siempre que las circunstancias de alojamiento en el aspecto higiénico lo permitan y no supongan situaciones de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas.
Así, los propietarios de gatos tienen la obligación de inscribirlos en el Censo Municipal de Animales del Ayuntamiento de Albacete y comunas las bajas. En el caso de los propietarios de perros están obligados a identificarlos mediante la implantación de un microchip en el cuello del animal realizada por un veterinario autorizado para el ejercicio profesional.
Posteriormente el propio Colegio de Veterinarios de Albacete remite al Ayuntamiento los datos del animal y del propietario para su inclusión en el Censo Municipal de Animales. El propietario tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento de Albacete la baja del animal en caso de muerte, pérdida o robo.
La Ordenanza Cívica Municipal recoge que no está permitido que las mascotas y animales de compañía, en particular perros, realicen sus necesidades en espacios públicos fuera de los recintos habilitados para ello. En el caso de que no pueda evitarse la deposición, “el propietario, poseedor o tenedor del animal procederá a retirar los excrementos, incluso en los recintos habilitados”. Del mismo modo deberán diluir los orines de los animales y llevarlos debidamente atados.
Registro de animales potencialmente peligrosos
En el caso particular de los perros potencialmente peligrosos, antes del censado se debe obtener una licencia municipal regulada en el artículo 3 de la Ley 50/1999 de Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. Así toda persona, ya sea propietario o paseador eventual, y que pretenda transitar por la vía pública con un animal considerado potencialmente peligroso debe tener la correspondiente licencia.
Para la obtención de la esta licencia hay que presentar en el Ayuntamiento de Albacete la documentación que acredite el cumplimiento de ciertos requisitos. En primer lugar es obligatorio ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios del animal; además de no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Del mismo modo deben obtener un certificado de aptitud psicológica y una acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por la cuantía mínima que reglamentariamente se determine.
Los animales de la especie canina potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos deberán llevar obligatoriamente bozal y ser conducidos con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona. En caso de encontrarse en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, deberán de estar atados salvo que se disponga de habitáculo adecuado para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.